El régimen tarifario que se venía aplicando en las facturas de Aguas Santafesinas tiene casi 30 años y fue creado para un prestador privado en un contexto macroeconómico y de prestación sumamente diferente al actual.
Con el objetivo de alcanzar mayor equidad para los usuarios, como también sustentabilidad y eficiencia para la prestación de estos servicios esenciales, se sancionó de la Ley 14.272 (https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2024/2024-07-04ley14272-2024.html ) con la cual se inició un proceso escalonado de modificación en la forma de facturar los servicios de agua y saneamiento que presta la empresa.
En este marco, el pasado 30 de agosto Aguas Santafesinas presentó detalladamente, en una concurrida Audiencia Pública que se desarrolló en la Legislatura Provincial, los alcances de las modificaciones propuestas.
Posteriormente, se emitió la Resolución 1364/24 del Ministerio de Obras Públicas (https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/verPdf.php?archivo=recursos/boletines/pdf/2024/10/BO14102024.pdf ) que aprueba la metodología y habilita la aplicación de un primer grupo de modificaciones que se comenzarán a aplicar paulatinamente en las próximas facturas que emitirá la empresa a sus usuarios.
Unificación del cálculo para determinar el Consumo Asignado:
En aquellos inmuebles que no cuentan con medidor instalado el consumo se asigna en función a las superficies del inmueble, pero actualmente conviven dos métodos distintos de cálculo según el inmueble se haya incorporado a la facturación antes o después de diciembre de 1995.
A partir de la modificación aprobada se recalcularán los Consumos Asignados a todos los inmuebles servidos que no cuenten con medidor con una única fórmula conforme establecido en la Resolución 1364/24, citada más arriba.
Zonificación de la Tarifa:
El sistema de facturación actual no diferencia en sus cálculos ni la ubicación de los inmuebles ni los niveles socioeconómicos de cada zona, como sí lo hacen otros grandes prestadores de servicios sanitarios del país.
Por ello, se incorpora un coeficiente zonal que oscilará entre -0,20 y +0,20 en función al rango de índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) que releva el INDEC por cada radio censal con el mismo criterio para todas las localidades del país.
Servicios de Tratamiento de Líquidos Cloacales:
La Resolución 1364 MOP incorpora la facturación de los Tratamientos de Líquidos cloacales en aquellas zonas o Distritos en los que se encuentre disponible dicho servicio.
Por este motivo, progresivamente se reducirá el “Descuento de Tratamientos de Desagües Cloacales” que se detalla en las facturas de los usuarios que hoy cuentan con este servicio.
Universalización de la Micromedición:
El nuevo Régimen Tarifario fomenta la universalización de la micromedición facilitando la instalación de medidores de consumo en inmuebles en los que actualmente no podrían ser alcanzados por este esquema de facturación, especialmente en edificios.
La facturación por Consumo Medido a través de la instalación de un caudalímetro en el ingreso de cada inmueble resulta el método más justo de facturación.
Entre sus ventajas se destacan:
- Administrar los consumos, que pasan a ser variables y también estacionales
- Cuidar el agua y la economía del hogar
- Controlar eventuales pérdidas internas que puedan originar daños en la vivienda
Para facilitar el acceso a la micromedición ya se encuentra habilitado el trámite digital correspondiente de Solicitud en su Oficina Virtual www.aguassantafesinas.com.ar/gestiones que tiene una financiación de hasta 12 cuotas del cargo correspondiente.
Régimen de Recargos e Intereses:
La Resolución 1364/24 incorpora la contemplación de las variables macroeconómicas y el sistema de cuotas mensuales con una segunda posibilidad de pago. Respecto de los intereses resarcitorios adopta como tasa de referencia la establecida por el Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Fe.